REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

194º y 145ºLos Teques, 12 de abril de 2005

Vista la diligencia anterior, suscrita por el ciudadano BONIFACIO CONTRERAS, debidamente asistido de abogado, en su carácter de parte demandada, en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto en su contra por la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A., mediante la cual conviene en la demanda y solicita de la parte actora, se le otorgue un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha 05-04-2005, para hacer entrega del inmueble objeto del presente litigio; vista igualmente la aceptación por parte del actor, ciudadano MIGUEL ANGEL MARTINEZ YÁNEZ, debidamente asistido de abogado, en la cual conviene en conceder el plazo solicitado, a la parte demandada y en virtud de que, ambas partes de mutuo y amistoso acuerdo, solicitan del Tribunal se homologue el convenimiento, éste Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia, imparte su HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO celebrado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el litigio y ordenará el archivo del expediente una vez conste en autos el finiquito del mismo, así como la devolución del expediente a su Tribunal de origen. - CUMPLASE
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.






LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

MJFT/rosa*
Exp.Nº15078