REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de abril de dos mil cinco (2005)-.
194º y 145º
---Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que el Ciudadano: ALFREDO ENRIQUE ALVARADO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.041.119, en su condición de causahabiente, es el ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante ciudadano: ERASMO MARCELINO ALVARADO GUTIERREZ, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V-605.689. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la Abogada CARMEN MACHUCA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.217. Asimismo se ordenó expedir las copias certificadas solicitadas. De conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y expídanse las copias certificadas.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DR. MARIELA J. FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

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LA SECRETARIA ACC,

MF/yza
Solicitud Nº 2060