REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cuatro (04) de abril de dos mil cinco (2005)-.
194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro, del Estado Miranda, en fecha 25 de septiembre del año 1980, bajo el N° 30, Protocolo 1°, tomo 21, 3° Trimestre de 1980, documento de Liberación de Hipoteca, Protocolizado por ante la misma Oficina Subalterna de Registro, en fecha 22 de abril de 1982, bajo el N° 13, Protocolo Primero, Tomo 5, 2° Trimestre de 1982 y Documento de Lotificación Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 15 de febrero del 2005, bajo el N° 46, Protocolo Primero, Tomo 08, 1° Trimestre del 2005; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA PASTORA HERNÁNDEZ DE ABREU, española, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-782..253; sobre las bienechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud Nº 20.687