En el día de hoy, veinte de abril de dos mil cinco (20.04.2005), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), con ocasión de la diligencia suscrita por el Apoderado Judicial de la parte actora Dr. JOSE VICENTE CASTELLANOS PETIT, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 3427, se traslado y constituyò el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en la Agencia del Banesco Banco Universal, situada en la Avenida Bermúdez, de la ciudad de Los Teques, por solicitud del Apoderado Judicial de la parte actora, para llevar a la practica la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada por el Juzgado Sexto de Sustanciaciòn, Mediación y Ejecución del Regimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 19.01.2005, con motivo del juicio seguido por el ciudadano LEONARDO MACUPIDO, quien se encuentra presente en este acto, titular de la cèdula de identidad No. 10.348.337, contra el INSTITUTO REGIONAL DEL DEPORTE DEL ESTADO MIRANDA (IRDEM), sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 4.194.995,50), que comprende el monto de las prestaciones sociales mas las costas de ejecuciòn. Acto seguido el Tribunal procedio a requerir al gerente del Banesco, siendo atendido por el ciudadano DANIEL SIMOES PEREIRO, titular de la cédula de identidad No. 5.597.530, en su condición de Gerente de Oficina, a quien el Tribunal impuso de su misión , procediendo de seguidas a petición de la parte actora a indicarle la cuenta corriente No. 01340049110493019171, a nombre del Instituto antes referido, a los efectos el gerente verificò el Numero de Cuenta señalado por la parte actora, arrojando como resultado que dicha cuenta para el momento presenta la disponibilidad requerida, girando instrucciones este Tribunal para el bloqueo de dicha cantidad con ocasión del Embargo Ejecutivo decretado por el Tribunal comitente, quedando la cantidad de Bs. 4.194.995,50 “EMBARGADA”. A los efectos el Apoderado de la parte actora pidió ser oído y expuso: “Cumplida como se encuentra la presente comisión y practicado el embargo ejecutivo por la cantidad señalada en el mandamiento de ejecución, le solicito a este Tribunal remita las presentes actuaciones con sus resultas al Tribunal de origen. Es todo”. En este estado, vista la exposición anterior, este Tribunal acuerda proveer sobre lo solicitado por auto separado y cumplida como se encuentra la presente comisión ordena el regreso a su sede, siendo las once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.). Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

SONIA DE LUCA
EL NOTIFICADO,

LA PARTE ACTORA,

SU APODERADO JUDICIAL,



LA SECRETARIA,

CARMEN CECILIA ABREU
COMISION No.1827-05