En el día de hoy, cuatro de abril de dos mil cinco (04.04.2005)siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda para llevar a cabo la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales que corresponden al ciudadano GUSTAVO JOEL GUEVARA HERRERA, con ocasión del decreto de ejecución dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trànsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de fecha 25.02.2005, con motivo del juicio que por PARTICIÓN CONYUGAL sigue la ciudadana CARMEN IRENE AULAR GUTIERREZ contra el ciudadano GUSTAVO JOEL GUEVARA HERRERA, se traslado y constituyó el Tribunal a petición de la parte actora representada por el Abogado JOSE NEPTALÍ VELÁSQUEZ MENCOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 45.765, en la siguiente dirección: Avenida Bolivar, Conjunto Residencial Comercial Caracas, primera planta, local L-12, Los Teques, Estado Miranda, donde funciona la Dirección de Administración de Recursos Humanos del Gobierno del Estado Miranda. Una vez en el sitio el Tribunal fue atendido por el ciudadano FELIX RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, titular de la cèdula de identidad
No. 6.326.143 en su condición de Director de Administración de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos, a quien el Tribunal impuso de su misión, hacièndole entrega de la comunicación No. 152 de esta misma fecha y suscrita por el Juzgado Ejecutor de Medidas donde se le informa sobre el Decreto dictado por el Tribunal Comitente, a los fines de las previsiones del caso. Seguidamente el Tribunal procede a notificar sobre la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 25.02.2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Trànsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranada, sobre el 50 % de las prestaciones que corresponden al ciudadano GUSTAVO JOEL GUEVARA HERRERA, titular de la cèdula de identidad No. 3.988.859. Se hace constar que estuvo presente en la medida los funcionarios GONZALEZ ATILIO y ANTONIO RIVAS, placas 124 y 071, respectivamente, ambos adscritos a la Policía Municipal de Guaicaipuro, quienes velaron por la custodia y protección de las personas presentes en la medida. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora pidio ser oido y expuso: “Solicito a este Tribunal se sirva devolver la presente comisión con sus resultas al Tribunal de origen. Es todo”. Este Tribunal siendo las doce y diez del mediodía (12:10 p.m.) declara concluida la misión y ordena el regreso a su sede. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SONIA DE LUCA R. EL NOTIFICADO
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
LA SECRETARIA,
CARMEN CECILIA ABREU
COMISION No.1816.05
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