GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, catorce de abril de dos mil cinco.-
194° y 146°
Recibida previa distribución, constante de (01) folios útiles. Y visto el escrito presentado por, LEONARDO CORDOBA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.107.633, civilmente hábil, domiciliado en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, asistido en este acto por la Abogado ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 28.773. Anexa a la presente solicitud Acta de Defunción N° 234, de fecha 12 de noviembre de 2004, expedida por la Prefectura del Municipio Junín del Estado Táchira; Partida de Nacimiento N° 891 y Cédula de Identidad N° V-3.311.865, pertenecientes a la causante, ciudadana DINA YSMARY DELGADO RAMIREZ; Justificativo de Testigos evacuado por ante el Registro Inmobiliario de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 23 de marzo de 2005, constante todo de (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle al ciudadano LEONARDO CORDOBA DELGADO, ya identificado, en su condición de legítimo hijo, el CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA DINA YSMARY DELGADO RAMIREZ
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y desvuélvanse los originales de las mismas a los interesados, a los fines legales consiguientes.-
LA JUEZ TEMPORAL
DIANA BEATRIZ CARRERO
LA SECRETARIA
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
En la misma fecha se le dio entrada, bajo el N° 6694.-
LA SECRETARIA,
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
nancy
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