GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
194º y 145º
Vista la diligencia de fecha 07 de Abril de 2005, suscrita por las abogadas NILDA DEL CARMEN SEGOVIA ROSAS Y DORIANY SÁNCHEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 26.187 y 78.941 en su orden, con el carácter de Apoderadas Judiciales de la parte demandante y de la demandada, la cual contiene Desistimiento del Procedimiento y de la Acción intentada conforme al artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y la apoderada de la parte Demandada conviene expresamente en el mismo, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Y por cuanto ambas partes solicitaron el Levantamiento de la medida de Secuestro sobre el inmueble objeto del presente litigio, decretada por este Tribunal en fecha 25 de noviembre de 2003, se acuerda levantar la misma.


REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ


IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

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