REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 12 de Abril de 2005
194º y 146º

Visto el escrito, presentado por la ciudadana OLGA LILIANA SANABRIA, en su carácter de Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho imputado no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, en consecuencia, para decidir observa:

En fecha 01 de Julio de 2002, la Ciudadana Hernández Patiño Judith, interpuso denuncia por ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en contra del Ciudadano Duran Ortiz Yimmi, en la cual manifestó que el mismo, había sido su novio, y aprovechándose de la confianza que se le daba en su casa, abuso sexualmente de la denunciante.

En virtud de tales hechos se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Al folio seis, corre inserta Denuncia, de fecha 01 de Julio de 2002, en la cual se deja constancia que la Ciudadana Hernández Patiño Judith, interpuso denuncia por ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en contra del Ciudadano Duran Ortiz Yimmi, en la cual manifestó que el mismo, había sido su novio, y aprovechándose de la confianza que se le daba en su casa, abuso sexualmente de la denunciante.

2.- Al folio catorce, corre inserta Acta de Investigación Policial, de fecha 12 de Mayo de 2.003, suscrito por el Funcionario José Alberto García, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.

2.- Al folio treinta, corre inserta Informe Psicológico, de fecha 07 de Noviembre de 2.003, suscrito por la Lic. Lilian Urruta, adscrita al Instituto Nacional del Menor.


3.- Al folio treinta y cuatro, corre inserto Oficio Nro 006078, de fecha 25 de Noviembre de 2.003, suscrito por la Dra. Rosa Guerrero de Arellano, en la cual se deja constancia que la victima ya referida, no aparece registrada en los archivos de ese Despacho.

Ahora bien, considera este Juzgador, que de la revisión efectuada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia que el hecho objeto del proceso no se realizó, ya que especialmente tal y como se desprende de según Oficio de fecha 25 de Noviembre de 2.003, Nro 006078, la victima no acudió a practicarse el Reconocimiento Legal respectivo, por lo que no se logró determinar la materialidad del hecho objeto de análisis, así mismo, se constató que no fue posible ubicarla, a los fines de que aporte datos importantes a la investigación; siendo en consecuencia procedente, decretar el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.


Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-



ABG. JOSE ANTONIO MELÉNDEZ ADRIAN
JUEZ PRIMERO DE CONTROL




ABG. ELIANA FERNÁNDEZ PEÑALOZA
SECRETARIA


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.



Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 12 de Abril de 2005
194º y 146º

BOLETA DE NOTIFICACION

Se hace saber al ciudadano ABG. OLGA LILIANA UTRERA SANABRIA, en su carácter de Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03



Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JOSE ANTONIO MELÉNDEZ ADRIAN
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA:__________ FIRMA: ______________HORA_________________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano ABG. OLGA LILIANA UTRERA SANABRIA, en su carácter de Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 12 de Abril de 2005
194º y 146º

BOLETA DE NOTIFICACION

Se hace saber a la ciudadana HERNANDEZ PATIÑO JUDITH, en su carácter de victima, que podrá ser localizada en la Urb. César Morales Carrero, Palmar de la Copé, Sector IV, calle 14, Nro 3, Municipio Torbes, Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03



Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JOSE ANTONIO MELÉNDEZ ADRIAN
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA:__________ FIRMA: ______________HORA_________________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a la ciudadana HERNANDEZ PATIÑO JUDITH, en su carácter de victima, que podrá ser localizada en la Urb. César Morales Carrero, Palmar de la Copé, Sector IV, calle 14, Nro 3, Municipio Torbes, Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de DURAN ORTIZ YIMMI ALEXANDER, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 12 de Abril de 2005
194º y 146º

BOLETA DE NOTIFICACION

Se hace saber a la ciudadana YIMMI ALEXANDER DURAN, en su carácter de imputado, que podrá ser localizado en Palmar de la Copé, Sector I, vereda I, casa Nro 117, Municipio Torbes, Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03



Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JOSE ANTONIO MELÉNDEZ ADRIAN
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA:__________ FIRMA: ______________HORA_________________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a la ciudadana YIMMI ALEXANDER DURAN, en su carácter de imputado, que podrá ser localizado en Palmar de la Copé, Sector I, vereda I, casa Nro 117, Municipio Torbes, Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-6143-04
Exp Nº 20-F22-362-03