REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, 20 de Abril de 2005

195º y 146º



Por cuanto se observa al folio ciento cincuenta de la presente causa, en el control de asistencia a la consulta psicológica, que el adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), no asistió y no existe en autos constancia que justifique su ausencia en fecha 24 de febrero de 2005, y en virtud de que en fecha 01 de febrero del presente año, este Tribunal lo declaró en rebeldía y ordenó su ubicación inmediata y hasta la presente fecha no se ha logrado su ubicación, es por lo que considera procedente este Tribunal ordenar su captura, de conformidad con lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En consecuencia y con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal en Función de Ejecución ordena: LA CAPTURA del adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA). Para tal fin se ordena Oficiar inspector Jefe de la División de Inteligencia de la Dirección de Seguridad y orden Público del Estado Táchira (Dirsop); al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC); a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención del Estado (DISIP); a la Guardia Nacional; a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX); a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Metropolitana (Dirsop); a fin de que sirvan hacer efectiva la captura del adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), en cuestión, y sean trasladado a este Tribunal. Notifíquese a las Partes.
EL JUEZ TEMPORAL.


DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ.


LA SECRETARIA


ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA G.
En la misma fecha se oficio bajo el Nro._____ Oficiar inspector Jefe de la División de Inteligencia de la Dirección de Seguridad y orden Público del Estado Táchira (Dirsop) bajo el Nro. ______al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC); bajo el Nro. _____ A la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención del Estado (DISIP); bajo el Nro. ______a la Guardia Nacional; bajo el Nro. ______ A la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX); bajo el Nro. _____a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Metropolitana (Dirsop); se libraron boletas de notificación a las partes.