REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 20 de Abril de 2.005.-
194º y 145º
Juez Profesional: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Abogado Asistente de la parte Querellante: Dr. Alfredo Ramphis Jiménez.-
Imputado: Orlando Octavio Sarralha.-
Víctima: Ezequiel Antonio Guerra Mendez.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Lesiones Culposas Graves en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal.-
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, acuerda:
Primero: Se ADMITE la querella presentada por el ciudadano Ezequiel Antonio Guerra Mendez, titular de la cédula de identidad N° V-4.053.166, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Segundo: Se confiere la condición de parte querellante a la Víctima ciudadano: Ezequiel Antonio Guerra Mendez, titular de la cédula de identidad N° V-4.053.166, y la condición de Imputado al ciudadano: Orlando Octavio Sarralha, titular de la cédula de identidad N° V-13.910.812 de conformidad con lo establecido en el artículo 296 ejusdem.-
Remítase la presente causa al Representante del Ministerio Público en su oportunidad legal de conformidad con lo establecido en el artículo 300 de la norma adjetiva penal.-
Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-