REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 07 de Abril de 2005.-
194° y 145°

Juez Unipersonal: Ricardo Rangel Avilés.
Fiscal Aux. 3° del Ministerio Público: Dra. Ingrid López.
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno
Delito: Contra la Propiedad.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, AUTORIZA practicar ALLANAMIENTO en el inmueble donde funciona el local comercial denominado Farmacia Yibirin II, ubicado en la siguiente dirección: Calle Miranda con calle Guaicaipuro, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. Dicho allanamiento deberá efectuarse por los funcionarios: Inspector Jefe Anixo Salavierra, credencial 19.768; Inspector Hector Toro, credencial 2.110; Sub-Inspector Enis Perdomo, credencial 25.482; Sub-Inspector José Gudiño, credencial 21.934; Sub-Inspector Franklin Escalante, credencial 25.673; Sub-Inspector Luis Escobar, credencial 24.362; Sub-Inspector Christian Mijares, credencial 21.817; Sub-Inspector Miyogla Herrera, credencial 26.447 y Agente Edgar Jimenez, credencial 18050; adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penal y Criminalísticas, División contra hurtos, Brigada contra piratas de carreteras, con sede en la ciudad de Caracas; a los fines de la búsqueda de elementos u objetos activos o pasivos, así como cualquier otro elemento racionalmente vinculable a la comisión delictiva investigada signada con el N° G-656.450; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 210, 211 y 212 todos del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización tiene una duración de Siete (07) días continuos contados a partir de la presente fecha.-
Regístrese, publíquese una vez vencido el plazo de vigencia y déjese copia. Cúmplase.-