REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 1 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-000881
ASUNTO : MP21-P-2005-000881
Compete a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, emitir pronunciamiento Judicial con relación a la solicitud planteada en la Audiencia celebrada en este Despacho, por el DR. CARLOS RESTREPO, Fiscal Noveno del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual requirió de este Órgano Jurisdiccional, PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y APLICACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal para el ciudadano OSCAR ERNESTO MARTINEZ VEROES, VenezolanO, nacido en Caracas, fecha de nacimiento 21-12-62, residenciado en: Santa Teresa del Tuy, sector la Premex calle principal casa sin numero al lado de la bodega de la señora Ligia, de años, de profesión: vendedor de plátano, de estado civil Casado y titular de la Cédula de Identidad Nro 6.272.066, hijo de Andrea Martínez Veroes y José Rafael Martínez, por la presunta comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, asistido en este acto por la defensora Pública Dra. MIREYA LOZADA.
Este Tribunal de Control, una vez analizadas y estudiadas las actas que conforman la presente causa, acordó decidir conforme a los siguientes términos:
Quedó claramente evidenciado en el presente caso, según recaudos consignados por el Ministerio Público, las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se practicó la aprehensión del ciudadano OSCAR ERNESTO MARTINEZ VEROES, el día 31de Marzo de 2005, en virtud que funcionarios adscritos a la Comisaría de Santa Teresa, lo detuvieron ya que el ciudadano imputado al observar a la comisión policial tomo una actitud nerviosa y esquiva y al practicarle la revisión corporal le incautaron en sus genitales un (01) envoltorio elaborado en material sintético de color amarillo contentivo en su interior de siete (07) envoltorio, tres elaborados en papel aluminio contentivo en su interior de una sustancia compacta de color beige que al ser colocado en la balanza no arrojó peso alguno y cuatro envoltorios elaborados en material sintético color negro contentivos en su interior de semillas y restos vegetales de presunta droga con un peso bruto aproximado de 1 gramo, procediendo a detenerlo y ponerlo a la orden de la Fiscalía.
Así las cosas, observa este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en Funciones de Control, luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente causa que NO existe en autos elementos suficientes para justificar la aprehensión del ciudadano OSCAR ERNESTO MARTINEZ VEROES, ya que de las actas procesales se evidencia que no se realizó el procedimiento ajustado a la Ley, no hay testigos que corroboren el dicho de los funcionarios, es por lo que quien aquí decide considera que se deben realizar todas las investigaciones tendientes a aclarar las circunstancias de tiempo, modo y lugar como realmente sucedieron los hechos, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público de Medida Cautelar Sustitutiva, por cuanto no existen en autos suficientes elementos de convicción para determinar la responsabilidad del mencionado ciudadano en los hechos que se le imputan, en consecuencia se decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano OSCAR ERNESTO MARTINEZ VEROES. Y ASÍ SE DECIDE.
Se declara con lugar la solicitud de aplicación del procedimiento ordinario, previsto en el artículo 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, requerido por el representante del Ministerio Público.
DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano OSCAR ERNESTO MARTINEZ VEROES, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía de origen a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
Ab. VERONICA PETER
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA
Ab. VERONICA PETER