República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial


En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2

Los Teques, 25 de Abril del 2.005
194 y 146
“Visto”
Las actuaciones que integran el presente expediente, contentivo de Autorización de Venta, interpuesto por la ciudadana EMMA DE LA COROMOTO BARRERA DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.588.102, debidamente asistida de abogado, en especial la diligencia que antecede, inserta al folio N° 39 del presente expediente, mediante la cual, el Curador propuesto, ciudadano SALAZAR BARRERA JESÚS ENRIQUE, acepta el cargo planteado, y llenados todos los extremos de Ley, es por lo que esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Profesional Nro. 2, Dr. Rocco Otello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil Venezolano vigente, DISCIERNE el Cargo de CURADOR ESPECIAL de la adolescente SHELMA SALAZAR BARRERA, de diecisiete (17) años de edad, en la persona del ciudadano SALAZAR BARRERA JESÚS ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.476.853. Y ASÍ SE DECIDE.

Devuélvanse los originales que la parte interesada requiera, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio.- Cúmplase .-
El Juez


Dr. Rocco Otello
La Secretaria Accidental


Abog. Jennifer Polo

MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE VENTA
EXPEDIENTE NRO. S-3740/2005
RO/JP/Ma.-