REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

Por cuanto he sido designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia para ocupar el cargo de Juez de este Despacho, en fecha 13 de diciembre de 2004, para lo cual fui debidamente juramentada por ante la mencionada Comisión, en fecha 20 de enero de 2005; asumo el conocimiento de la presente causa, se ordena la notificación de las partes, comenzará a transcurrir un término de diez (10) días de Despacho para la reanudación de la causa, de conformidad con los artículos, 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil vencido dicho lapso, se fijan los tres (03) días de Despacho, a los cuales hace referencia el artículo 90 eiusdem, dentro de los cuales las partes podrán intentar recusación si a bien tuvieren hacerlo.