LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 146º

Los Teques, 03 de agosto de 2005
Visto el escrito de fecha 20 de julio de 2005, suscrito por las partes que conforman el presente juicio de DESALOJO, interpuesto por el ciudadano: MANUEL FIGUEROA RUIZ, contra el ciudadano: ANDRES DAVID SOMRAH BADAL, mediante el cual celebraron una TRANSACCIÓN y solicitan la correspondiente homologación; vista igualmente la diligencia de fecha 28-07-2005, suscrita por la representación judicial de la parte actora en la cual consigna recibo debidamente firmado por el demandado, ciudadano ANDRES DAVID SOMRAH BADAL, en el cual consta el cumplimiento de las condiciones exigidas en la transacción celebrada; solicita se le ponga fin al presente litigio, se le expidan copias certificadas del auto que homologa la transacción; se le devuelvan los documentos originales y se cierre el expediente; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este Tribunal dispone: PRIMERO: Imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva, a la transacción celebrada por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. SEGÚNDO: Ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 111 y 112 eiusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley de Sellos. TERCERO: Ordena la devolución de los documentos originales consignados por la parte actora, previa su certificación en autos y CUARTO: Da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.- CUMPLASE
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.




NOTA: en la misma fecha faltan los fotostatos para proveer

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

MJFT/rosa*
Exp.Nº15355