En el día de hoy, nueve de agosto de dos mil cinco (09.08.2005), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 08.08. 2005, con ocasión de la diligencia estampada por el Apoderado Judicial de la parte actora, Dr. ENRIQUE GRATEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.423, se trasladó y constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Un Inmueble constituido por una casa signada con el No. 8, ubicada en la Calle El Placer, San Pedro de Los Altos, Estado Miranda, a los fines de llevar a cabo la ENTREGA MATERIAL del bien inmueble antes identificado, en cumplimiento de la comisión emanada del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 18.07.2005, con motivo de juicio seguido por FELIX ALBERTO PERDOMO PEREZ, en contra del ciudadano ALDRIN OSWALDO ROMAN por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En este estado el Tribunal procedio a efectuar repetidos toques en la puerta del inmueble, sin que persona alguna atendiera a su llamado y a petición de la representación judicial de la parte actora se designo como practico cerrajero al ciudadano CARLOS ANTONIO BLANCO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 6.842.638, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley, procediendo de seguidas a la apertura del inmueble y a su posterior cambio de cilindro, haciendo entrega de las llaves a la parte actora en cumplimiento de la presente comisión, quien lo recibe de conformidad. Acto seguido el Tribunal deja constancia que el inmueble se encuentra libre de bienes y personas. Seguidamente, el Tribunal coloca en posesión material, real y efectiva del inmueble donde se constituyo, a la persona del Apoderado Judicial de la parte actora, Dr. ENRIQUE GRATEROL, antes identificado, quien expone: “Recibo en este acto el inmueble libre de bienes y personas, así como la entrega formal y material de las llaves del mismo y por último solicito que las presentes actuaciones sean remitidas una vez cumplidas al Tribunal de origen junto a sus resultas. Es todo”. Seguidamente el Tribunal procede a fijar en la puerta del inmueble objeto de la medida, el Cartel de Notificación de la medida que se ha ejecutado y deja constancia de la presencia de una comisión policial integrada por los funcionarios ATILIO GONZALEZ y MARTINEZ ZULEIMA, placas 124 y 056, respectivamente adscritos a la Policia Municipal de Guaicaipuro del Estado Miranda.. En este estado y cuando son la una de la tarde (1:00 p.m.), el Tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SONIA DE LUCA R. EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EL CERRAJERO,
LA SECRETARIA,
CARMEN CECILIA ABREU
Comisión No. 1886-05
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