JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, nueve de Agosto de dos mil cinco.-
194º y 146º
Recibido por Distribución, constante todo de (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la ciudadana DIGNA MARY PABON CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-5.343.920, asistido en este acto por la Abogada María Alejandra Díaz Manrique, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66062, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana DIGNA MARY PABON CONTRERAS, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que debe decir” dejo doce hijos nombrados: ANA ELSA, MARCOS RAMON, OMAR, MARIO ELISEO, ROBIL, CELIA, MARY, DELIA FLORINDA, ALEXIS, OSCAR DE JESUS ( fallecido) ROMEL HELIBERTO ( fallecido) y CARLOS EDUARDO PABON CONTRERAS y no como incorrectamente aparece ANA ELSA, MARCOS RAMON, OMAR, MARIO ELISEO, ROBIL, CELIA, MARY, FLORINDA, ALEXIS, OSCAR DE JESUS ( fallecido) ROMEL HELIBERTO ( fallecido) PABON CONTRERAS y la exponente. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio San Cristóbal y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Defunción N° 558 de fecha 28 de Junio de 2005 perteneciente a la






ciudadana ANA IRMA CONTRERAS CONTRERAS DE PABON. Expídase copia certificada.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
Iraly Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria Temporal
made