REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 9 de Agosto de 2005
195º y 146º

Visto el escrito presentado por la ciudadana MARISELA DÍAZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N ° V-15.285.500, mediante le cual, solicita la entrega del Vehiculo, Marca FORD, Modelo Granada, año 1982, Color Beige, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Particular, Placas UAB-78W, Serial de Motor V-6. Serial de carrocería AJ266Y23281, este Tribunal par decidir observa:
Que efectivamente, en fecha 28 de Octubre del 2004 a esta ciudadana le fue retenido su vehículo por una comisión policial de funcionarios de Transito y Transporte Terrestre, en virtud de un accidente de transito.
Se encuentra agregada en las actas solicitud de entrega del mencionado vehículo dirigida a la Fiscalia Novena del Ministerio Público, pero no hay respuesta a dicha solicitud.
No se encuentran agregadas experticias realizadas al vehículo mencionado.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve: Declara SIN LUGAR la entrega del Vehiculo antes descrito retenido a la ciudadana MARISELA DÍAZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N ° V-15.285.500. Notifíquese.




AB. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ DE CONTROL No.5



AB. MARIA ALEJANDRA GUTIÉRREZ.
LA SECRETARIA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado