REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 01 de agosto de 2005
195º y 146º


CAUSA No. 3C49418-05
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ.
EL SECRETARIO: ELIZABETH ATALLAH

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
INVESTIGADOS: PIÑANGO FERNANDEZ DANNY JOSE y SEIJAS CHRISTOFER SMITH, portadores de la cédula de identidad N° V- 13.904.066 y V-16.370.998, respectivamente.-
FISCAL: YOSELINA BEATRIZ FERNÁNDEZ LÓPEZ, Fiscal Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
DEFENSOR PRIVADO: NELSON MONTOYA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.376.
VICTIMA: MORENO OVIEDO HECTOR JOSE (occiso). Tiene la cualidad de victima su esposa, MILAGRO DEL VALLE PAEZ BRICEÑO de MORENO, portadora de la cédula de identidad Nº 10.817.424.-
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (CON ALEVOSÍA), previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal.-


En el día de hoy, lunes 01 de agosto de 2005, celebrada audiencia fijada de conformidad con lo establecido en el artículo 250, cuarto aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos PIÑANGO FERNANDEZ DANNY JOSE y SEIJAS CHRISTOFER SMITH, portadores de la cédula de identidad N° V- 13.904.066 y 16.370.998, respectivamente, se acordó al Fiscal del Ministerio Público, prórroga de quince (15) días continuos para la presentación del acto conclusivo. Consecuencialmente, a tenor de lo previsto en el artículo 177, único aparte, eiusdem, se publica auto aparte.


DISPOSITIVO.

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Procediendo de conformidad con el artículo 250, cuarto y quinto apartes, del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda a la Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Miranda, prórroga de quince (15) días continuos para que presente el correspondiente acto conclusivo en la presente causa signada bajo el N° 3C49418-05, lapso que se inicia el día 06-08-2005 y concluye el 20-08-2005. SEGUNDO: Se NIEGA la solicitud presentada por la ciudadana Fernández de Piñango Gregoria Antonia, portadora de la cédula de Identidad N° 13.904.066, en su carácter de madre del investigado PIÑANGO FERNANDEZ DANNY JOSE, en relación a la revisión de la medida de privación judicial de libertad impuesta en contra del investigado PIÑANGO FERNANDEZ DANNY JOSE, en fecha 06-07-2005.

Se declara con lugar la solicitud presentada por el Ministerio Público.

Habiendo sido pronunciado el dispositivo en audiencia quedan notificadas las partes presentes de su contenido. Regístrese. Déjese copia autorizada de lo decidido.
LA JUEZ.


LIESKA DANIELA FORNES DIAZ

LA SECRETARIA

ELIZABETH ATALLAH
Causa No. 3C-49418-05
01-08-2005
Audiencia de Prórroga