REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 05 de Agosto de 2005.
195° y 146°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1° del Ministerio Público: Dr Eddi Rosales.-
Defensora Pública Penal: Dra. Maritza Materán.-
Imputado: Aziz Ziduin Jehade.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de la causa signada con el N° 6C31978-04 seguida en contra de Aziz Ziduin Jehade, titular de la cédula de identidad N° V-9.260.811, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 8, 9, 10, 12 y 314 del código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de lo anterior se DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputado del ciudadano Aziz Ziduin Jehade.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Remítase las actuaciones de inmediato al Fiscal del Ministerio Público respectivo.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
El Juez de Control N° 6
Dr. Ricardo Rangel Avilés
La Secretaria
Abg. Ingrid Moreno
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria
Abg. Ingrid Moreno