REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se otorga medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad a favor del imputado MARTIN JOSE PEREZ CONTRERAS, sujeta a la presentación ante este Tribunal llevado por la Oficina de Presentación del Imputado de Alguacilazgo cada TREINTA (30) DÍAS, asimismo se impone la obligación de acudir ante este Tribunal las veces que sea requerido e conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 en sus ordinales 3° 9° del Código Orgánico Procesal Penal.