REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

se ordenó realizar cómputo por secretaria, seguida se admite el recurso de casacion anunciado en fechas 14 y 25 de julio de 2005 por los abogados Miguel Marzullo y Angel Socorro, apoderados judiciales de la parte demandada, por una parte, y por el abogado Luis Ascanio, apoderado de la parte actora, contra la sentencia de fecha 18-01-2005, se ordena la remision del expediente a la sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.