REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES


En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de agosto de dos mil cinco (2005), siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), oportunidad y hora fijadas en autos, conforme a lo establecido en el artículo 489 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que la parte recurrente formalice en forma oral la apelación interpuesta, contra el auto dictado en fecha 28 de junio de 2005, por la Dra. Zulay Chaparro, Juez Unipersonal N° 1 de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en el juicio por FIJACION DE RÉGIMEN DE VISITAS, seguido por el ciudadano EFRAIN ANTONIO ROJAS contra la ciudadana MIRIAM NOHEMI BELLO GONZALEZ, siendo anunciado el mismo a las puertas del Tribunal, se deja constancia que la parte recurrente en apelación ciudadana MIRIAM NOHEMI BELLO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.040.214, no concurrió al presente acto, ni por si mismo ni por medio de apoderado judicial, en consecuencia este Tribunal da por concluido el mismo; así mismo se deja constancia que la sentencia será dictada dentro de los diez (10) días de despacho siguientes, es todo, terminó, se leyó, y conformes firman.