REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


Guarenas, 05 de diciembre de 2005
Años 195° y 146°


Vista la diligencia de fecha 24 de Noviembre de 2005, cursante al folio 63, suscrita por el Abogado PABLO JESÚS GONZÁLEZ inscrito en el Inpreabogado con el N°51.212 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante ciudadanos: TITO RAMON DIAZ y CESAR EMILIO VEGAS CARTAYA identificados suficientemente en autos, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaran contra las empresas ARPITEX, C.A., ADMINISTRADORA PUCCI, C.A., ADMINISTRADORA TEXCO, C.A. y ADMINISTRADORA BRONTEX, C.A., mediante la cual desisten del procedimiento en contra de la empresa ADMINISTRADORA PUCCI, C.A. Este Tribunal encontrándola que no es contraria a derecho, da por concluido el proceso en contra de la empresa ADMINISTRADORA PUCCI, C.A., y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole efecto de Cosa Juzgada. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia en la SITE denominada Región Miranda.
LA JUEZ



Dra. EDY LUZ SIMANCAS PADILLA.-



LA SECRETARIA



Abg. FABIOLA GOMEZ.-


Expediente N° 662-05
ELSP/FG/jc.