LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 146º


Los Teques, 09 de diciembre de 2005

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la diligencia suscrita en fecha 01 de los corrientes suscrita, por la abogada en ejercicio SCARLETH RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 70.573, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferida mediante la cual desiste de la presente apelación y solicita la devolución del expediente al Tribunal a-quo, este Juzgado le imparte su aprobación, en consecuencia HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expuestos por el solicitante, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda la devolución del presente expediente al Tribunal de la causa Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, adjunto a oficio. Cúmplase
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior

LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag
Solicitud No.2126