REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 26 de Septiembre de 2005, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por el ciudadano ENDER YOVANI URBINA VARELA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.171.411, de este domicilio, asistido por el Abogado Angel Gerardo Zambrano Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 79.156, en la que solicita se rectifique el error cometido en la Partida de Nacimiento N° 196, de fecha 17 de Noviembre de 1972, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio La Florida, Distrito Cárdenas del Estado Táchira, en el sentido de que en dicha Partida de Nacimiento aparece incorrectamente el nombre de la Madre del solicitante mencionandose “MARIA LEONOR VARELA”, siendo lo correcto “LEONOR VARELA”, se ordeno la publicacion del Edicto en un Diario de mayor circulación de la ciudad de Caracas, y notificar al Fiscal XIV.---------
Con la solicitud fue acompañado: copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 196 expedida por la Prefectura Civil del Municipio La Florida, Distrito Cárdenas del Estado Táchira, Copia fotostatica de la cédula de identidad de la madre del solicitante, copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 19 de la Madre del solicitante, expedida por la Jefatura de la Aldea La Florida del Municipio Táriba del Estado Táchira.-----------------------
En fecha 14 de Octubre de 2005, fue consignado el ejemplar del Diario El Nacional, donde aparece el Edicto ordenado, el cual fue agregado la pagina a los autos de este expediente en en la misma fecha.------------------------------
En diligencia de fecha 31 de Octubre de 2005, el ciudadano ENDER YOVANI URBINA VARELA, asistido por el Abogado Angel Gerardo Zambrano Arias, promovio pruebas.---------------------------------------------------------
En fecha 25 de Noviembre de 2005, fue notificado el Fiscal XIV.--------
Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya
relacionados, el Juez llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en la Partida de Nacimiento N° 196, perteneciente al ciudadano ENDER YOVANI URBINA VARELA, por lo que la presente solicitud de rectificación de error material de la Partida de Nacimiento es procedente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.------------------------------------------------------------------------------
Por los motivos expuetos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia la Partida de Nacimiento Nº 196 inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio La Florida, Distrito Cárdenas del Estado Táchira, de fecha 17 de Noviembre de 1.972, queda rectificada de la siguiente manera: en el sentido de que el nombre correcto de la Madre del ciudadano ENDER YOVANI URBINA VARELA es “LEONOR VARELA” y no incorrectamente como aparece “MARIA LEONOR VARELA”.--------------------------------------------------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estámpada la corespondiente nota marginal.-------------------------------------
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los catorce días del mes de Diciembre del dos mil cinco. AÑOS 195º de la Independncia y 146º de la Federación.-
ABG. NELSON W. GRIMALDO H.
JUEZ TEMPORAL
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la una de la tarde y se dejó copia certificada para el archivo delTribunal.-
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
|