REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO

Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 38.177, es por lo que esta Jueza Unipersonal Nro. 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, a la ciudadana LINDA YVOE RINCÓN BOTIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 11.507.273, para que en nombre y representación de su hija, la niña ROXANA YENIRE BOTIA RINCÓN, venezolana, de 10 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 23.542.503, se le ADJUDIQUE los derechos y acciones, correspondiente a un 50% de un lote de terreno ubicado en el Sector El Recreo del Llano de la Cruz, parte alta, vereda 14, casa N° 14-37, Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas aproximadas son: NORTE: Mide 7,20mts, con terrenos propiedad de Alfonso Duram, SUR: Mide 7,20mts. Con calle privada que permite el acceso al mismo, ESTE: Mide 10mts. Con terrenos propiedad de Gavino Barrera, y OESTE: Mide 10mts. Con terrenos propiedad de Jairo Dávila y Darkis Luzmary Rincón Botia. Dicho terreno tiene un área total de 72 mts2., con mejoras construidas en un área cuadrada de 28,80mts. Conformado por un sótano, que se encuentra en obra negra, es decir, paredes sin friso y piso rústico, distribuidos de la siguiente manera: 01 cocina, 01 habitación y 01 baño, con techo de platabanda y columnas en número total de 12 para posterior construcción, con servicios de aguas blancas, aguas negra y electricidad. Dichos derechos y acciones pertenecientes a su padre, ciudadano JOSÉ ALIRIO BOTIA CRISPIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.312.855.
Publíquese, Regístrese, expídase autorización a la parte interesada y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal al 01 día del mes de diciembre del año 2005. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.

ABG. MARITZA RAMÍREZ RAMÍREZ
JUEZA UNIPERSONAL NRO.4
ABG. SANDRA MÁRQUEZ BOHÓRQUEZ
SECRETARIA (T)


En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado y se libró autorización.


La Secretaria.
Exp. Nro. 38.177
Sentencia N°_________
Roselyn.-