Comisión 486-2005
Exp. N° 5923-2005.
En el día de hoy lunes diecinueve (19) de Diciembre de dos mil cinco, siendo las ocho de la mañana de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y luego de recorrer aproximadamente 69 kilómetros se constituyó a las once de la mañana ( 11:00 a.m) en el inmueble ubicado en la Carrera 2, con calle 7, Edificio Rentable, Pregonero, Municipio Uribante del Estado Táchira, específicamente en la sede de la Alcaldía del Municipio Uribante del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Notificación de la Medida Cautelar Decretada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en fecha 12 de Diciembre de 2005, que guarda relación con el Expediente N° 5923-2005, juicio seguido por los ciudadanos Luis Humberto Colmenares, actuando como Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores del Transporte Automotor y sus Similares del Estado Táchira (SUTTAT) y el ciudadano Mizael Medina Mora, actuando como Presidente de la A.C. Línea Uribante Pregonero (URIPREG), contra la Cámara Municipal del Municipio Uribante del Estado Táchira, motivado al Recurso de Nulidad con Amparo Cautelar accionado por los demandantes. Están presentes los accionantes: ciudadano Luis Humberto Colmenares Carrero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.516.547, actuando como Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores del Transporte Automotor y sus Similares del Estado Táchira (SUTTAT) y el ciudadano Mizael Medina Mora, actuando como Presidente de la A.C. Línea Uribante Pregonero (URIPREG), asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Richard Orlando Sánchez Villamizar, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-15.121.998, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.943. Al llegar al lugar donde se constituyó el Tribunal en la secretaría de la Alcaldía se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto a la ciudadana Marilin del Valle Molina Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.048.959, quien manifesto ser la Secretaria del Alcalde e informó al Tribunal que el ciudadano Alcalde José Candelario Ramírez se encontraba en compañía del ciudadano Síndico Procurador Municipal: Abog. José Avila Marcano para la ciudad de San Cristóbal, en reunión convocada por el Gobernador del Estado Táchira, lo cual fue confirmado por la ciudadana Secretaria de Sindicatura: Saida Rosa Molina Zambrano, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.743.392. Posteriormente se indago en la sede para verificar si se encontraba el Presidente de la Cámara Municipal Manuel Alexis Ramírez Zambrano, no encontrándose el mismo en el recinto. Acto seguido la parte demandante asistido de abogado solicita el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: En vista de que no fue posible practicar la notificación del ciudadano Alcalde ni la del Síndico Procurador Municipal, ruego al Tribunal se sirva trasladarse a la residencia del Presidente de la Cámara Municipal para proseguir con la medida. El Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia decide dirigirse a la casa de habitación del Presidente de la Cámara Municipal ubicada en la Carrera 2 de esta población de Pregonero. El Secretario dio lectura a esta parte del acta y no habiendo objeciones se firma en conformidad, siendo las doce y quince del mediodía (12:15 p.m). La Juez Temporal, (LS). Firma ilegible. Abog. Betty Esmit Márquez Contreras.- Los demandantes: Firma ilegible. Luis Humberto Colmenares Carrero.- Firma ilegible. Mizael Medina Mora.- El Abogado Asistente de los Demandantes, Firma ilegible. Richard Orlando Sánchez Villamizar.- La Secretaria de la Alcaldía. Firma ilegible. Marilin del Valle Molina Márquez.- La Secretaria de la Sindicatura. Firma ilegible. Saida Rosa Molina Zambrano.- El Secretario, Firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 01.- En el día de hoy lunes diecinueve (19) de Diciembre de dos mil cinco, siendo las dos de la tarde, se constituyó nuevamente el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el inmueble ubicado en la Carrera 2, con calle 7, Edificio Rentable, Pregonero, Municipio Uribante del Estado Táchira, específicamente en la sede de la Alcaldía del Municipio Uribante del Estado Táchira, a fin de continuar dando cumplimiento a la Notificación de la Medida Cautelar Decretada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en fecha 12 de Diciembre de 2005, que guarda relación con el Expediente N° 5923-2005, juicio incoado por los ciudadanos Luis Humberto Colmenares Carrero, actuando como Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores del Transporte Automotor y sus Similares del Estado Táchira (SUTTAT) y el ciudadano Mizael Medina Mora, actuando como Presidente de la A.C. Línea Uribante Pregonero (URIPREG), contra la Cámara Municipal del Municipio Uribante del Estado Táchira, motivado al Recurso de Nulidad con Amparo Cautelar intentado por los demandantes. Están presentes los prenombrados: Luis Humberto Colmenares Carrero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.516.547, actuando como Secretario General del Sindicato Unico de Trabajadores del Transporte Automotor y sus Similares del Estado Táchira (SUTTAT) y el ciudadano Mizael Medina Mora, actuando como Presidente de la A.C. Línea Uribante Pregonero (URIPREG), asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Richard Orlando Sánchez Villamizar, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-15.121.998, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.943. El Tribunal hace constar que al momento de ubicar la residencia del Presidente de la Cámara Municipal de Uribante, informaron que se encontraba en un sitio denominado “La Trampa” de esta jurisdicción y por medio del número telefónico que facilitaron; es decir, 0416-4785513, se contactó y citó al Tribunal a esta sede a las dos de la tarde; razón por la cual se convocó a la misma sede y a un solo efecto a los comandantes del Puesto Policial de Pregonero y el del Comando de la Guardia Nacional de esta jurisdicción. El Tribunal en presencia del Jefe de la Sub Comisaría Policial del Municipio Uribante, Inspector Jefe, Abogado Leonardo Antonio Camargo Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.467.766. Presente también el Comandante del Quinto Pelotón, Segunda Compañía, Destacamento de Fronteras N° 12 del Comando Regional N° 1, Sargento Primero de la Guardia Nacional Vivas Angel María, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.000.139. Por cuanto son las 2:35 p.m. y no ha hecho acto de presencia el presidente de la Cámara Municipal, a pesar de tratar de ubicársele nuevamente en su teléfono celular, resultando infructuoso; en consecuencia el Tribunal acuerda proseguir con el acto e instruye a los notificados que el Juzgado de la causa: “ORDENA la suspensión de los efectos del acto administrativo solo por lo que respecta al funcionamiento en la prestación del servicio de transporte público de personas dentro del municipio, por lo que el aval otorgado en el acta N° 30 de fecha 24 de octubre de 2005, emitida por la Cámara Municipal del Municipio Uribante del Estado Táchira, podrá servir para cualquier trámite necesario en la conformación de la línea, pero no para su funcionamiento, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente juicio”. Acto seguido la parte demandante asistido de abogado solicita el derecho de palabra y concedídole como fue expuso: Solicito a la ciudadana Juez que las notificaciones dirigidas al Alcalde del Municipio Uribante y al Síndico Procurador de la Cámara del Municipio Uribante, sean entregadas a sus respectivas Secretarias y la dirigida al Presidente de la Cámara Municipal ó Consejo Municipal, sea entregada al Director General de La Alcaldía Pedro Daniel Durán, es todo. El Tribunal solicitó a las secretarias e hicieron acto de presencia Marilin del Valle Molina Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.048.959, Secretaria del Alcalde y la Secretaria de Sindicatura: Saida Rosa Molina Zambrano, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.743.392. Presente también el ciudadano: Pedro Daniel Durán Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.890.389. El tribunal procedió a Notificar en los mismos términos a las prenombradas secretarias y al Director General de la Alcaldía, haciendo constar que están al tanto del contenido de la Medida Cautelar de Amparo Dictada por el Juzgado de la causa y que reciben conformes cada uno un juego de copias fotostáticas certificadas del despacho librado, constantes de dieciocho (18) folios útiles; todo esto a los fines de que sean hechos llegar a sus destinatarios, y éstos acaten la medida dictada. En lo referente a la Notificación de la Inspectoría de Tránsito Terrestre, según información de las fuerzas vivas del Municipio hacen constar que no existe sede de tal organismo en el Municipio, por tanto se acuerda su devolución al Juzgado Comitente. No habiendo mas diligencias que practicar, el Tribunal declara cumplida la medida ordenada y se precede dar lectura al acta, no habiendo objeciones ni reclamos se da por concluido el acto a las tres y veinte de la tarde. La Juez Temporal, (LS) Firma ilegible. Abog. Betty Esmit Márquez Contreras.- Los demandantes: Firma ilegible. Luis Humberto Colmenares Carrero. Firma ilegible. Mizael Medina Mora.- El Abogado Asistente de los Demandantes, Firma ilegible. Richard Orlando Sánchez Villamizar.- El Jefe de la Sub Comisaría Policial de Pregonero. Firma ilegible. Leonardo Antonio Camargo Ruiz.- El Comandante del Puesto de la Guardia Nacional Uribante. Firma ilegible. Angel María Vívas.- La Secretaria de la Alcaldía. Firma ilegible. Marilin del Valle Molina Márquez.- La Secretaria de la Sindicatura. Firma ilegible. Saida Rosa Molina Zambrano.- El Director General de la Alcaldía, Firma ilegible. Pedro Daniel Durán Mora.- El Secretario, Firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras. Diarizado N° 02.-