REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Los Teques, 05 de diciembre de 2005
195º y 146º

EXPEDIENTE Nº 4074-05.
PONENTE: DRA. MARINA OJEDA BRICEÑO.


Corresponde a esta Sala decidir acerca de la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado por el ciudadano ANDRES ELOY TELLERIA MONTEZUMA, en su condición de victima por ser el padre del ciudadano quien en vida respondiera al nombre ANDRES ELOY TELLERIA PARRA debidamente asistido por el Profesional del derecho OMAR CARDENAS, contra la decisión emanada del TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, dictada en Audiencia celebrada el día 12 de noviembre de 2005, con auto fundado del mismo día, en contra del ciudadano: LUIS ALBERTO TAMARA RAMIREZ mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado DECRETÓ LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD al mencionado imputado, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 ambos del Código Penal Vigente.
DE LA ADMISIBILIDAD

El recurso referido fue ejercido con fundamento en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del término que establece el artículo 448 eiusdem y no incurso en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibídem.

Por lo que en consecuencia y por cuanto el recurso de apelación fue interpuesto fundamentado en causa legalmente preestablecida, dentro del término legal y no ser evidentemente inadmisible, se ADMITE y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por el ciudadano ANDRES ELOY TELLERIA MONTEZUMA en su condición de victima por ser el padre del ciudadano quien en vida respondiera al nombre ANDRES ELOY TELLERIA PARRA debidamente asistido por el Profesional del derecho OMAR CARDENAS, en contra la decisión emanada del Tribunal Primero en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, dictada en Audiencia celebrada el día 12 de noviembre de 2005, y auto fundado de esa misma fecha, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado DECRETÓ LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado LUIS ALBERTO TAMARA RAMIREZ, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 ambos del Código Penal Vigente.




Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ



DRA. MARINA OJEDA BRICEÑO
LA JUEZ PONENTE



DRA. CELESTINA MENDEZ TEIXEIRA
LA JUEZ MIEMBRO


LA SECRETARIA,

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA,

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO



Exp. Nº 4074/05
LAGR/ghenny