REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se revisa de oficio de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, del imputado LUIS ALBERTO TAMARA RAMIREZ, portador de la cedula de identidad Nº V-17.641.876, venezolano, natural de Maracay, Estado Aragua, fecha de nacimiento 14-08-84, edad 21 años, estado civil: soltero, profesión u oficio: Encargado de una franquicia de la compañía PLUMROSE, teléfono del trabajo 0146-631-35-25 Jorge Monasterio dueño de la compañía, residenciado: El Valle, Los Jardines del Valle, calle 2, donde queda la zona policial numero 10, sector Los Aguacatitos, casa N° 4, frente a una iglesia evangélica, Caracas, teléfono 324-48-88, hijo de MARIA ESPERANZA RAMIREZ GARCIA (V) Y LUIS MARIA TAMARA GARCIA (F). SEGUNDO: Se acuerda cambiar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad numeral 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la del numeral 2 ejusdem. Para lo cual el imputado de autos deberá presentar una persona preferiblemente un familiar quien cuidará de su cuido y vigilancia, el cual deberá comparecer ante este Tribunal para su aceptación y juramentación. TERCERO: Se mantienen las otras medidas cautelares que pesan sobre el imputado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 256, 259 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se ordena librar boleta de traslado del imputado de autos a la sede de este Tribunal y se acuerda la inmediata libertad del ciudadano LUIS ALBERTO TAMARA RAMIREZ, portador de la cedula de identidad Nº V-17.641.876, y en consecuencia se ordena librar la respectiva boleta de excarcelación.
Regístrese, Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado al Instituto Autónomo de la Policía Municipal del Municipio Carrizal.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL

DRA. JUDITH NIETO DE OCHOA
LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA MARÍA VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA MARÍA VELASQUEZ


Causa 1C-507-05
JNdeO/AMV/JPC.-