REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud por la Dra. Maritza Materán, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano OSTOS MERCHAN RICARDO MAIKEL, y en consecuencia, se decreta la Nulidad Absoluta de las actuaciones insertas a los folios 5 y vto, 6 y 7, por cuanto no fueron suscritos por los funcionarios policiales que actuaron en el presente procedimiento de conformidad con lo previsto en los artículos 190,191 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Se decreta la libertad plena del ciudadano OSTOS MERCHAN RICARDO MAIKEL, Titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.987 EDAD. 24 años. LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: Caracas 30-04-81 PROFESION U OFICIO: Buhonero ubicado frente a la Luz Eléctrica, en un puesto de piña, Los Teques Estado Miranda. DOMICILIO: Urbanización Rómulo Gallegos, Calle Principal de Lagunetica, Sector Los Nísperos, casa No. 07, Los Teques, Estado Miranda ESTADO CIVIL: soltero, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: Se insta a la ciudadana Dra. Mónica Brito, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público, a los fines de que aperture la investigación pertinente en contra de los funcionarios policiales adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda actuantes en el presente caso.

CUARTO: Se ordena librar la boleta de Excarcelación del ciudadano OSTOS MERCHAN RICARDO MAIKEL, Titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.987 EDAD. 24 años de edad, LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: Caracas 30-04-81 PROFESION U OFICIO: Buhonero ubicado frente a la Luz Eléctrica, en un puesto de piña, Los Teques Estado Miranda. DOMICILIO: Urbanización Rómulo Gallegos, Calle Principal de Lagunetica, Sector Los Nísperos, casa No. 07, Los Teques, Estado Miranda ESTADO CIVIL: soltero. Dirigida al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, por haberse decretado su libertad plena.

QUINTO: Se ordena oficiar al Comisario David Colmenares, Director del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, informándole lo relativo a la falta de firma de los funcionarios policiales en el presente caso.

SEXTO: Se ordena la remisión de las actuaciones a la fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente. Quedan Notificadas las Partes de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
LA JUEZ

DRA. IRIS MORANTE HERNANDEZ


LA SECRETARIA

ABG. CELINA CONTRERAS





CAUSA: 1C-796-05
IMH/CC/jpc.-