REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

En virtud de las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, realiza los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se decreta la Flagrancia en la Aprehensión del ciudadano MARRERO PARRA JOSE MANUEL.

SEGUNDO: Acoge la precalificación Jurídica como lo es el delito de Lesiones Culposas previstas en el artículo 417 del Código Penal.

TERCERO: Acuerda que la presente investigación se ventile por la vía del procedimiento ordinario.

CUARTO: Acuerda medida cautelar del numeral 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y las presentaciones cada treinta (30) días.

QUINTO: Acuerda librar boleta de excarcelación a favor del ciudadano MARRERO PARRA JOSE MANUEL.

SEXTO: Se acuerda expedir copias simples de la presente audiencia.

SEPTIMO: Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público a los fines de continuar con las investigaciones y en consecuencia el esclarecimiento de la verdad, de conformidad con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
LA JUEZ,

ABG. JUDITH NIETO DE OCHOA