REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, miércoles 21 de Diciembre de 2005
195º y 146º


CAUSA No. 3C40741-04
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ.
SECRETARIO: EDSER PARRA LUGO.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: MÓNICA BRITO MARIN, Fiscal auxiliar de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
INVESTIGADO: ERICK JOSÉ SERRANO BETANCOURT, C.I. Nro. V-15.915.066.
DEFENSA PRIVADA: ROMEL ANGEL MOSCOTE, abogado en libre ejercicio de la profesión, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.296.
VÍCTIMAS: ROSAURA RODRIGUEZ de DÍAZ, ISNEO DÍAZ, padres del hoy occiso José Adalberto Díaz Rodríguez.


En el día de hoy, miércoles 21 de diciembre de 2005, siendo las 11:05 a.m., se celebró Audiencia pautada en ocasión de imponer al ciudadano ERICK JOSÉ SERRANO BETANCOURT, de la orden de aprehensión decretada en su contra en fecha 17 de Noviembre de 2004. Igualmente, y previa solicitud fiscal, se decretó contra el antes mencionado, medida privativa de libertad. Seguidamente, se fundamenta la medida de coerción personal decretada.


IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO.

ERICK JOSÉ SERRANO BETANCOURT, indocumentado, dijo que le corresponde el número de cédula de identidad V-15.914.066, de 25 años de edad, natural de Los Teques Estado Miranda, Estado Civil Soltero, nacido el 15-11-80, grado de instrucción: Bachiller (5to. año aprobado), hijo de Maria Cristina Betancourt (v) y José Gregorio Serrano (v), de profesión u oficio Comerciante, trabaja cerca del Centro Comercial El Recreo Local 16, Centro de Festejos Mybel, Av. Casanova, Dirección de habitación: Pan de Azúcar, calle 25 de julio, casa Nro. 187-, cerca de cancha de basquet; Telf. 3236246, y Santa Rosa Casa Nro. 06, Sector el Tanque, Los Teques, Estado Miranda, teléfono: 0414-518-1185.

Omitido………

PARTE DISPOSITIVA.

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Procediendo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 251 numerales 2, 3, 4 y parágrafo segundo eiusdem, decreta medida de privación preventiva de libertad contra el ciudadano ERICK JOSÉ SERRANO BETANCOURT, C.I. Nro. 15.914.066, por considerarlo, presuntamente incurso, como cómplice, en la comisión del delito de homicidio intencional calificado (con alevosía), tipificado en el artículo 408 ordinal 1° en relación con el artículo 84.3° del Código Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad planteada por la Defensa.

Líbrese oficio al Juez de Control Nro. 13 del Área Metropolitana de Caracas y remítase anexo boleta de encarcelación dirigida a la Casa de Reeducación y Trabajo Artesanal El Paraíso (La Planta), centro de reclusión designado para el cumplimiento de la medida de aseguramiento decretada, ello atendiendo a lo señalado en Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, fechada 17 de julio de 2003, en el expediente 02-2815. Líbrese oficio comunicando lo conducente a la Policía del Municipio Libertador.

Se declara con lugar la solicitud fiscal. Con la lectura, quedaron notificados los presentes de lo decidido. Regístrese. Déjese copia autorizada.-
El Juez,

LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ

EL SECRETARIO
EDSER PARRA

3C40741-04
21-12-2001