REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, miércoles 28 de diciembre de 2005
195° y 146°


CAUSA No. 3C643-05
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ.
SECRETARIO: EDUARDO SÁNCHEZ.

Identificación de las partes:
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: YOSELINA FERNÁNDEZ LOPEZ, Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
INVESTIGADO: IBARRA MEDINA MARLON HUMBERTO, portador de la cédula de identidad Nro. E-. 83.050.010.-
DEFENSOR PUBLICO: ELIZABETH CORREDOR, Defensor Público Penal del Estado Miranda.-
VÍCTIMA: SOTO GARCÍA EVANGELINA.
DELITO: Descrito y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.


Se publica seguidamente auto que fundamente la prórroga de diez (10) días acordada a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Miranda para la presentación del correspondiente acto conclusivo en la presente causa seguida al ciudadano IBARRA MEDINA MARLON HUMBERTO, portador de la cédula de identidad Nro. E- 83.050.010.

IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO.

IBARRA MEDINA MARLON HUMBERTO portador de la cédula de identidad Nro. E- 83.050.010 (mostró cédula); edad: 23 años; natural de Cúcuta, República de Colombia, residenciado en Cúcuta, Barrio Bella Vista Carrera 12, Número 74-01, fecha de nacimiento: 17-12-81, profesión u oficio: indefinido, domicilio: residenciado en Hotel 1201, Plaza Guaicaipuro habitación 12, tengo 15 días viviendo allí, antes vivía en la calle, Lugar de Trabajo: panadería de Llano Alto, estado civil: Soltero, hijo de Mely Medina (v) y Luis Ibarra (F), Grado de Instrucción: 3° Grado.


Omitido……………..

PARTE DISPOSITIVA.

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 250, cuarto y quinto aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda una prórroga de diez (10) días para que la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Miranda presente el correspondiente acto conclusivo, lapso que se inicia el 01 de enero de 2006 y vence el 10 de Enero de 2006, en la presente causa identificada Nro. 3C643-05, seguida al ciudadano IBARRA MEDINA MARLON HUMBERTO.

Se declara con lugar la solicitud presentada por el Ministerio Público.

Habiendo sido pronunciado el dispositivo en audiencia, conforme a lo señalado en el artículo 175, encabezamiento, del Código Orgánico Procesal Penal, quedan notificadas las partes presentes de su contenido. REGISTRESE. DÉJESE COPIA AUTORIZADA.-
EL JUEZ

LIESKA DANIELA FORNES DIAZ

EL SECRETARIO

EDUARDO SANCHEZ

Causa No. 3C643-05