REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 19 de Diciembre de 2005.-
195° y 146°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 2° del Ministerio Público: Dra. Yoselina Fernández.-
Solicitante: Freddy Rafael Matos.-
Secretaria: Abg. Ingrid Carolina Moreno.-
Solicitud: Entrega de Vehículo, conforme al contenido del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.-
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara el Desistimiento Tácito de la solicitud interpuesta en fecha 30/11/2005, por el ciudadano Freddy Rafael Matos, titular de la cédula de identidad N° V-8.682.751, consignada por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en relación a la entrega del vehículo sin placas, marca Jeep, modelo Wagoneer Límite 4x4; por aplicación analógica del contenido del tercer, cuarto y quinto aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Se declara Temeraria la actuación del solicitante.-
Notifíquese a las partes, de la presente decisión, conforme al único aparte del Artículo 175 del texto adjetivo penal. Publíquese en cartelera boleta de notificación del solicitante, de conformidad a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 181 ejusdem.-
Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal, al Archivo Judicial Circunscripcional.-
Regístrese, Publíquese, déjese copia. Cúmplase.-
El Juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés
La Secretaria
Abg. Ingrid Carolina Moreno
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Y así lo certifico.
La Secretaria
Abg. Ingrid Carolina Moreno