REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 09 de Diciembre de 2005.-
195° y 146°
Juez Profesional: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 3° del Ministerio Público: Dr. Orlando Padrón.-
Defensor Público Penal: Dra. Mariengela Laya.-
Imputados: Palma José Antonio.-
Secretaria: Abg. Rossana Constantino.-
Delito: Violación y Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en los artículos 375 y 248 del Código Penal Venezolano.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
Primera: Con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en Fianza, en favor del ciudadano: Palma José Antonio, titular de la cédula V-6.652.480; como consecuencia de lo anterior quedará de igual forma el Imputado comprometido por medio de acta que a tal efecto se ordena levantar, a presentar una persona que se haga responsable de su vigilancia y a presentarse cada ocho (8) días a la sede de éste Tribunal de conformidad con establecido en los artículos 256 numeral 2; 260 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Secunda: Notifíquense a las partes con boleta e impóngase los Imputados para lo cual se ordena su traslado a la sede de este Tribunal de conformidad al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
El Juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria
Abg. Rossana Constantino
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria
Abg. Rossana Constantino