REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE JUICIO

Guarenas, 06 de Diciembre de 2005



EXPEDIENTE: 1U 317-02
ACUSADO: ELI DANIEL CASTRO
DEFENSA PÚBLICO: ABG. FRANCISCO ESCAR HIDALGO
FISCAL: OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO


Visto el escrito presentado por la Defensora Público DR. FRANCISCO ESCAR HIDALGO en su carácter de defensor del acusado ELI DANIEL CASTRO, en el cual solicita le sea modificado el régimen de presentaciones a su defendido. En consecuencia es Tribunal Primero de Juicio a los fines de resolver tal solicitud, hace las siguientes consideraciones de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.

ANTECEDENTES:
Se observa que en fecha 08 de Octubre del año 2001, en decisión de realizada por el Tribunal Tercero de Control se le acordó al acusado ELI DANIEL CASTRO la revisión de la sustitución de la medida de privación de libertad por las medidas cautelares prevista en el artículo 256 numerales 3° y 8° de Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse cada quince (15) días.
Ahora bien se observa que el acusado ELI DANIEL CASTRO, comenzó la a cumplir cabalmente con sus presentaciones, desde que se acordaron, considerando este Tribunal prudente a la fecha la revisión solicitada toda vez que el acusado a cumplido con el régimen de presentaciones impuesto por este Tribunal.

Artículo 2 y 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela:
Artículo 2: “ Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.

Artículo 26: “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de su administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedida, sin dilataciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles”.

DISPOSITIVA

Por todos posrazonamientos anteriores expuestos este Juzgado de primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES, a cada TREINTA (30) DÍAS a favor del ciudadano: ELI DANIEL CASTRO, en virtud de la solicitud realizada DR. FRANCISCO ESCAR HIDALGO.-
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO


DRA. NANCY TOYO YANCY

LA SECRETARIA

ABG. NATHALIA PEREZ SALAS


En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, en la presente decisión.

LA SECRETARIA

ABG. NATHALIA PEREZ SALAS