REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 13 de Diciembre de 2.005
195º y 146º
En el día de hoy Martes 13 de Diciembre de 2.005, siendo las 10:30 horas de la mañana, fecha pautada por este Tribunal de Ejecución para que se lleve a cabo el acto de la Audiencia de Imposición de Medida de Privación de Libertad, en la causa seguida contra los Jóvenes adultos IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, signada con el N° 1E 437-05, por el delito ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 05 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, estando presentes la Fiscal Décimo Octava del Ministerio Público DRA. TERLIA CHARVAL, el Abogado Defensor Privado DR. ERNESTO ROSALES ARELLANO. El Tribunal deja constancia que el día de hoy compareció el joven IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, por ante la sede de este Despacho en horas de la mañana del día de hoy, el cual se retiró del Tribunal sin previo aviso y momentos antes de la celebración de la presente audiencia, y luego de hacer espera por un lapso prudencial, el mismo no regresó. Del mismo modo se deja constancia que el joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, no compareció el día de hoy a la correspondiente Audiencia, al igual que su Defensor Privado DR. JOSE ANGEL MEZA INFANTE, ante lo cual el Tribunal hace el siguiente pronunciamiento: “Visto que el jóven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, compareció el día de hoy por ante este despacho previa notificación y se le indicó en que el día de hoy se llevaría a cabo la audiencia de imposición de la medida y el mismo se retiró sin previo aviso, el Tribunal considera que el mismo ha incurrido en rebeldía y en virtud que el joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS no compareció el día de hoy a la audiencia pautada, así como su Abogado Privado, el Tribunal considera que lo procedente es SUSPENDER la celebración de la Audiencia de Imposición de la Medida en la Presente causa, hasta tanto el joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS sea localizado, trasladado e ingresado al Internado Judicial Capital El Rodeo II, con sede en Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, donde quedará a la orden de este Tribunal de Ejecución, y una vez que sea capturado e ingresado en dicha institución, se fijará la fecha para la celebración de la Audiencia de Imposición de la medida. Líbrese Oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda de Policía del Estado Miranda, Región policial N° 06, con sede en Guarenas y al La Policía del Municipio Plaza, con sede en Guarenas, a los fines que localicen, capturen e ingresen al citado jóven adulto al Internado Judicial Penal Capital El Rodeo, con sede en Guatire. Líbrese los correspondientes Oficios y Boletas de Ingreso. Líbrese Boleta de Notificación al DR. JOSE ANGEL MEZA INFANTE, de lo decidido en esta sala de audiencias. En cuanto a la falta de comparecencia de este despacho del joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, el Tribunal proveerá por auto separado a los fines legales consiguientes. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, las partes presentes han quedado debidamente Notificadas. Es todo, termino, siendo las 11:00 horas de la mañana, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
DRA. MARÍA TERERSA SÁNCHEZ ORELL
LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,
EL DEFENSOR PRIVADO,
EL SECRETARIO,
ABG. MARCO ANTONIO GARCIA
ACT N° 1E 437-05
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