REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por lo antes expuesto, este Tribunal CUARTO de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada en fecha 09 de noviembre de 2005 y en su lugar le impone al imputado ESMELL ANTONIO ALCALA titular de la cédula de identidad N° 15.931.823, las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contenidas en el articulo 256, ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales se refieren a la presentación cada ocho (08) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, por un lapso de seis (06) meses, contados a partir de la fecha de su primera presentación, previo cumplimiento de la presentación de DOS (2) FIADORES que en su conjunto acrediten una condición económica equivalente a SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS, y que además cumplan con lo requisitos exigidos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, todo conforme a lo establecido en el tercer y sexto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, notifíquese, diaricese y líbrense la correspondiente Boleta de Traslado y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
SANDRA SATURNO MATOS
El Secretario
JOSE MORENO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario
JOSE MORENO