REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de enero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos MIGUEL SEGUNDO GONZALEZ CARBALLO y BELEN DEL ROSARIO CAMANICA FREGONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 2.140.531 y 4.878.392 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, sobre una parcela de terreno propiedad de los solicitantes, ubicado en el Asentamiento Campesino Araira, Sector Ceniza, jurisdicción del Municipio Foráneo Bolívar, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado RAMÓN ALBERTO DELGADO MUSSA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.136. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 40.695