REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 17 de enero de 2005
194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos ESTEBAN BERMÚDEZ SILVA y DEXIS COROMOTO SALA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 6.104.413 y 6.928.184 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, construidas en un lote de terreno municipal, situado en Barrio Quemaito, sector La Catorce, casa N° 110, Jurisdicción del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora, Estado Miranda, con una medida de 16 metros de largo y 10 metros de ancho, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado OLGA TERESA SÁNCHEZ TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.689. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,


HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



Exp. No. 40.705
HJAS/ICBC/fapa