REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte y cinco (25) de enero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°

Visto el anterior libelo de demanda por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentado por los abogados DAGMAR XIOMARA RAMIREZ y CELSO JOSE OUTUMURO PULIDO inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 30.498 y 93.140 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana AURA ELENA CONTRERAS FUENTES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº 4.361.430, contra el ciudadano TULIO ANTONIO RAMIREZ DIMMER. Désele entrada en el libro de causas bajo el N° 24.847 y por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese al demandado ciudadano TULIO ANTONIO RAMIREZ DIMMER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 4.212.193, para que comparezca ante este Tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de su citación que se haga, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil de este despacho encargado de las citaciones. En cuanto a las medidas solicitadas este tribunal proveerá por auto y cuaderno separado. Líbrese compulsa.
EL JUEZ,


HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente porque faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

HAS/ICBC/magaly
Exp. N° 24.847