REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de enero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentada por la ciudadana EVANGELISTA SANDOVAL DE GOMEZ, donde consta la evacuación de testigos presentada ante el Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la cual rinden declaración los ciudadanos YBARRA NERY MARGARITA y MEDRANO CAMPOS MARCO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 11.481.252 y 8.745.785, respectivamente, se ordena darle entrada en el libro de solicitudes bajo el N°. 40.727. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana EVANGELISTA SANDOVAL DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 6.394.145, sobre las mejoras y bienhechurias, construidas sobre una parcela de terreno propiedad municipal, ubicada en la Calle Lara, Sector Brisa No. 2, El Rodeo, Jurisdicción del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, cuyos linderos medidas y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado CARLOS VENTURA CORRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.712. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.727
HJAS/fapa