REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Trece (13) de Enero del Dos Mil Cinco (2005).
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 01 de Diciembre del 2004, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, junto con oficio, a los fines de la consulta obligatoria establecida en el artículo antes señalado.- Remítase expediente al Tribunal de Alzada y déjese constancia de lo actuado.-
LA JUEZ,
Dra. AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA
AOCH/Nelsa
Exp. No. 393-04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY
Ocumare del Tuy, Trece (13) de Enero del 2005.
194° y 145°
OFICIO N° 2005-
CIUDADANO
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL , MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Me dirijo a Ud., a los fines de remitirle anexo al presente oficio y constante de Ciento Treinta y Cuatro (134) folios utiles, expediente signado con el Nº 393-04 contentivo del RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por la accionante ciudadana: VILMA ANTONIA CARRASQUERO contra el accionado JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS EL CASTILLO, a los fines de la consulta establecido en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Remisión que se le hace a Ud, a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
AO/nelsa
EXP: 393-04.