TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Dieciocho (18) de Enero del dos mil cinco (2005).-

194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos ROSMELY HERNANDEZ y JUAN CARLOS GUARAMATO SANCHEZ, Venezolanos titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.201.622 y V-11.032.332. Sobre una bienhechuria construida en un terreno propiedad de la Alcaldía del Municipio Urdaneta. Ubicada en la carretera Cúa-Ocumare sector Tovar parcela 24 calle Jesús de Nazaret Cúa Municipio Urdaneta del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el Abogado WUANYER PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.474. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-



LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI


EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-





EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AO/windy
Solicitud N° S-238