REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, diecinueve (19) de Enero de dos mil cinco (2005).-
194º y 145º


Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado VICTOR RUFINO BANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.945, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita al Tribunal se Revoque el auto de fecha 22/11/2004 al estado de que se fije oportunidad para presentar informes, este Tribunal antes emitir pronunciamiento alguno, ordena expedir cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos desde el 03 de Agosto de 2004, exclusive, hasta el día 22 de Noviembre de 2004, exclusive, en consecuencia este Tribunal acuerda expedir cómputo de los días señalados. Cúmplase.-



LA JUEZ.,
DRA. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO.,
ABG. MANUEL GÁRCIA




El suscrito Abogado MANUEL GARCIA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que desde el día tres (03) de Agosto de 2004, exclusive, hasta el día veintidós (22) de Noviembre de 2004, exclusive, han transcurrido cincuenta (50) días de despacho, correspondientes a: AGOSTO: 04, 09, 11, 17, 19, 20, 23, 24, 25 y 26. SEPTIEMBRE: 01, 02, 03, 06, 07, 09, 13, 15, 16, 20, 21, 22, 23, 29 y 30. OCTUBRE: 04, 05, 06, 07, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27 y 28. NOVIEMBRE: 01, 02, 03, 04, 05, 10, 12, 15, 16, 17, 19 y 22. Ocumare del Tuy, diecinueve (19) de Enero de dos mil cinco (2005).-


EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL GARCIA.

MG/ldb
EXP. N° 071-04.-
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, diecinueve (19) de Enero de dos mil cinco (2005).-
194º y 145º

Visto el cómputo realizado en esta misma fecha y a los fines de emitir pronunciamiento al alguno con respecto a lo solicitado por el Abogado VICTOR RUFINO BANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.945, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante diligencias de fechas 14 de Diciembre del 2004 y 11 del Enero de 2005, en las cuales solicita al Tribunal que Revoque el auto de fecha 22/11/2004 al estado de que se fije oportunidad para presentar informes, este Tribunal al respecto observa: En fecha 03/08/2004, el Tribunal admitió las pruebas presentadas por ambas partes. En fecha 21/10/2004, compareció el apoderado judicial de la parte actora y solicitó computo de los días de despacho transcurridos desde el 03/08/2004, exclusive, al 21/10/2004, inclusive, asimismo renunció a la prueba de posiciones juradas y a la prueba de informes. En fecha 02/09/2004, compareció el Apoderado Judicial de la parte actora y solicitó oportunidad para que las partes presentaran sus informes. En fecha 22/11/2004, compareció el Apoderado Judicial de la parte actora y consignó Escrito de Informes. En fecha 22/11/2004, el Tribunal mediante auto declaró el juicio en estado de sentencia.
Tal y como se desprende de las actas procesales que conforman el presente expediente y del cómputo realizado, se observa que el lapso probatorio terminó en fecha 13 de Octubre de 2004, es decir, a partir del 14 de Octubre de 2004 comenzaban a correr los cinco (05) días de despacho para la constitución del Tribunal con asociados y al decimoquinto (15°) día de despacho siguiente para la consignación de los informes de las partes, es decir, el 19 de Noviembre de 2004, razón por la cual este Tribunal estando en la oportunidad legal para declarar el juicio en estado de sentencia dictó auto de “Vistos” en fecha 22/11/2004, en consecuencia se Niega lo solicitado por el Apoderado Judicial de la parte demandada Abogado VICTOR RUFINO BANDEZ,. Y ASI SE ESTABLECE.


LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.

EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA

Exp. N° 071-04