REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, Ocumare del Tuy, Veintiuno (21) de Enero del Dos Mil Cinco (2005).

194° y 145°
Vista la anterior demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, conjuntamente con sus recaudos presentada por la ciudadana: VANEGAS DE MURILLO ROSA ELVIA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, domiciliada en la Urbanización Luis Tovar, Bloque 3, Piso 04, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.685.022, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio RAITER BARRETO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.252, El Tribunal acuerda darle entrada en los libros respectivos, quedando anotado bajo el Nº 431-05 y por cuanto la misma no es contraría al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.Tramitase la presente causa por el procedimiento ordinario y en consecuencia emplacese a la parte demandada ciudadana: EDY ADRIANA RAMIREZ HERRERA, Venezolana, mayor de edad y de este domicilio y titular de la Cèdula de Identidad Nº 2.765.785, a los fines de que comparezca por ante la sede de este Juzgado dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a su citación, a objeto de que de contestación por escrito a la presente demanda, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30A.M y la 1:30 P.M, en consecuencia se ordena compulsar copia del libelo de la demanda con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie para la contestación a la demanda. Entréguese al Alguacil del Tribunal la compulsa y la orden de comparecencia. Librese compulsa y dejese constancia de lo actuado. Las certificaciones se hacen conforme a lo dispuesto en el Artículo 111 y 112 del Código de procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1º de la Ley de sellos. CUMPLASE.



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCÍA

En esta misma fecha se requieren de las respectivas copias fotostáticas, para así proceder a la elaboración de la respectiva compulsa.



EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCÍA
AO/ Nelsa
EXP: 431-05.