REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, 24 de Enero del Dos Mil Cinco (2005).

194° y 145°

Vista la diligencia suscrita en fecha 20 de Enero del presente año, suscrita por el ciudadano: RAFAEL ANTONIO GUERRA DEL VECCHIO, Venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.286.964, asistido en este acto por la Abogada MARIA TERESA RODRIGUEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33845, mediante la cual procede a consignar los respectivos fotostatos para la elaboración de la compulsa. El Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia procede a dar fiel cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 11 de Enero del presente año y en consecuencia se ordena librar la respectiva compulsa. CUMPLASE.




LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento con lo ordenado.




EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA


AO/ nelsa
EXP: 416-04








El Suscrito, MANUEL GARCIA, Secretario Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy. CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exactos de sus originales, las cuales corren insertas al expediente signado con el N° 416-04 contentivo del juicio que por NULIDAD DE VENTA que sigue RAFAEL ANTONIO GUERRA DEL VECCHIO contra los ciudadanos: ELSI MORILLO CHIQUIN, DANIEL ACHADO Y AURA MARINA MARTINEZ SATURNO. Dichas copias se certifican por aplicación analógica del Artículo 111 Y 112 del Código de Procedimiento Civil.



EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinticuatro (24) de Enero del Dos Mil Cinco (2005).

194° y 145°
SE HACE SABER:
A la ciudadana: AURA MARINA MARTINEZ SATURNO, Venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº V- 4.676.736, residenciado en la Urbanización Colinas de Santa Rosa, Charallave, Estado Miranda, parcela 48 y 74-S, a los fines de que comparezca por ante la sede de este Juzgado dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la ultima citación que de los demandados se haga, a objeto de que de contestación por escrito a la presente demanda dentro de las horas comprendidas entre las 8:30 A.M y la 1:30 .
Dará recibo firmado al Alguacil de este Juzgado en señal de haber quedado debidamente intimado


LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
AO/nelsa
EXP: 416-04