REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veintisiete (27) de Enero del Dos Mil Cinco (2005).-

194° y 145°
Vista la anterior solicitud presentada en el juicio que por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, siguen los ciudadanos BLANCA MARIA SECO ABREU y CESAR AGAPITO MIRANDA TORRES, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.417.739 y V-6.415.579 respectivamente, asistidos por el abogado ANTONIO TREJO CALDERON, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-2.062.561, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.759, por cuanto la misma se fundamenta en causa legal, no es contraria al orden publico, y a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Se ordena darle entrada en el Libro de Causas bajo el N° 428-05, y cuenta al Juez. En cuanto a la solicitud de Homologación el Tribunal proveerá por auto separado. Cúmplase.-



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI



EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCÍA







AO/windy
EXP. N° 428-05