LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
Los Teques, trece (13) de enero de 2005
194º y 145º
Vista las actuaciones que conforman el presente expediente, especialmente el acta levantada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 15 de abril de 2004, al momento de practicarse la medida de Embargo Preventivo, la apoderada judicial de la parte actora abogada CARMEN YOLANDA MONSALVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.937 y la parte demandada ciudadana CARMEN MIGUELINA RODRÍGUEZ BETHERM, asistida de abogado suscribieron un convenimiento, este Tribunal por cuanto observa que tal actuación es la renuncia que hace el demandado a las excepciones y defensas que ha opuesto, y acepta todo lo que pide la parte actora, este Tribunal en consecuencia imparte su aprobación y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado por las partes en los mismos términos expuestos por ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordenará el archivo del expediente, una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída. De igual modo, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de sellos.-
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
NOTA : En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado, por cuanto faltan fotostatos para proveer
LA SECRETARIA ACC.
MJFT/nr
Exp Nº 14032
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